La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), a partir del 2 de enero de 2019, abrió un periodo para la renovación y permisos de pesca ribereña de acuerdo a lo establecido en la Resolución ADM/ARAP Nº 041 del 1 de noviembre de 2018, “Por la cual se deja sin efecto la Resolución ADM/ARAP N° 030 de 19 de junio de 2015 y se dictan otras disposiciones”.
21 enero 2019 |
Según el Artículo Primero de dicha Resolución, la Autoridad concederá por un término, desde el dos (02) de enero de 2019, hasta el veintinueve (29) de marzo de 2019, a todas las embarcaciones que mantienen permisos de pesca ribereña que vencieron en el año 2006 o antes, a fin de que presenten la solicitud de renovación de su permiso, y cumplan con los requisitos necesarios, de lo contrario, una vez vencido este periodo, la Autoridad los revocará de oficio.
Para la renovación, el propietario de la embarcación o representante legal, deberá presentar el original del permiso correspondiente vencido, o copia de dicho permiso, debidamente firmado por el Director General, el cual debe reposar en el expediente respectivo en la Autoridad.
De igual forma, se concederá por un término, desde el dos (02) de enero de 2019, hasta el veintinueve (29) de marzo de 2019, a todas las embarcaciones que mantienen permisos de pesca ribereña que vencieron entre los años 2007 a 2017, a fin de que presenten la solicitud de renovación de su permiso, y cumplan con los requisitos necesarios.
De no cumplir con la presentación de su solicitud de renovación dentro del plazo establecido, la Autoridad le impondrá un recargo, anual, equivalente a B/.20.00 por metro de eslora de la embarcación, de acuerdo a lo establecido en la Resolución J.D. No.002 de 14 de diciembre de 2017.
Así mismo, se concederá por un término, desde el dos (2) de enero de 2019, hasta el veintinueve (29) de marzo de 2019, para presentar solicitudes de nuevos permisos de pesca artesanal (ribereña) a aquellos usuarios que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo quinto de la presente Resolución. Vencido este periodo, y por el término de cinco (05) años consecutivos, la Autoridad no aprobará (otorgará) nuevos permisos de pesca artesanal (ribereña).
Para los nuevos permisos de pesca artesanal (ribereña), según se establece en el artículo tercero de la presente Resolución, se requiere lo siguiente:
Para mayor información, los interesados podrán acercarse a las Oficinas Regionales de la Autoridad en Bocas del Toro, Chiriquí, Veraguas, Los Santos, Herrera, Coclé, Colón, Panamá Este y Darién, o en la Dirección General de Ordenación y Manejo Integral de la Sede Central, ubicada en Calle 45, Bella Vista, o llamar al teléfono: 511-6032.