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Receta profesional para control de venta de agroquímicos restringidos

Un total de 18 ingredientes activos de usos restringidos en Panamá y de banda roja (categoría toxicológica 1ª y 1b), deben ser comercializados a través de Recetas Profesionales, las cuales son emitidas por los ingenieros agrónomos en el país, con el fin de llevar un mejor control en el uso de estos productos.

02 agosto 2017 |

De acuerdo al Ing. Chiari, esta modalidad inició como un plan piloto en el año 2013, en la provincia de Chiriquí y actualmente se ha ido incorporando paulatinamente en el resto del país logrando expedir a la fecha unas 30, 000 recetas profesionales.

Destacó que desde su inicio se han estado capacitando a productores, técnicos, estudiantes y usuarios sobre la implementación de esta importante medida de control que tiene como finalidad hacer un uso responsable del producto, tal como se indica en el panfleto del mismo. Las recomendaciones técnicas van enfocadas a: cultivos autorizados; dosis requerida, formas de uso, equipo de aplicación y equipo de protección personal, entre otros.

Por su parte el Ing. Víctor Chávez, Jefe del Departamento de Control y Fiscalización, explicó que esta Receta Profesional surge para llevar un control del uso de estos agroquímicos tóxicos, ya que no cualquier persona puede ir a un centro de expendio a adquirirlo, sino que debe solicitarla en las Agencias del MIDA o a otros ingenieros agrónomos independientes, quienes a su vez realizan una inspección al área donde se va a utilizar el producto, a fin de verificar si es realmente necesario su uso, para poder emitir la receta con la firma del ingeniero agrónomo.

Chávez agregó que si bien es cierto que inició en Chiriquí el uso de la Receta, ya se ha avanzado en Los Santos, Herrera, Coclé y Veraguas y está por iniciar en Bocas del Toro, Darién y Colón y se espera en corto plazo su uso en todas las provincias.

Puntualizó que de no ser estrictamente necesario el uso de un producto restringido, el técnico entonces le recomienda utilizar un producto de libre venta.

Los locales de expendio y distribuidoras de plaguicidas juegan un rol importante en el éxito de ésta medida, ya que son los responsables de recibir la receta de parte de los productores, así como conservarlas y ponerlas a disposición, para facilitar la supervisión del MIDA.

En la supervisión de esta actividad, el MIDA se apoya en los asesores técnicos fitosanitarios (ATF´s), quienes tienen la responsabilidad de orientar a los comercios de insumos fitosanitarios sobre estas regulaciones y otras actualmente vigentes, así como de verificar que las recetas que llegan al comercio, estén bien confeccionadas y que cumplan con los requerimientos establecidos.

A través de las capacitaciones se les explica a los agricultores, que existen ciertos productos, que, por la naturaleza de los mismos, pudieran causar daños a la salud y al ambiente, por lo que su uso se restringe, más no se prohíbe.

De acuerdo a datos del MINSA, la estadística de mortalidad intencional por uso de plaguicidas ha bajado, desde que se puso en práctica esta medida de control.

El uso de estas Recetas Profesionales, tiene como base Legal la Ley 47, del 9 de julio de 1996, la cual le confiere al MIDA, a través de la DNSV, el derecho y la responsabilidad, como “Autoridad Nacional Competente” para: efectuar el registro, fiscalizar la calidad y supervisar el uso, manejo y aplicación de los plaguicidas y fertilizantes y apoyados en los Resueltos Ministeriales: 020 del 22 de febrero de 2001, 016 del 14 de febrero de 2001 y el 042 del 11 de septiembre de 2011.

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