El Director Nacional de Salud Animal, Dr. Bredio Velasco, junto con personal del Departamento de Campañas del Ministerio de Desarrollo Agropecuario-MIDA- inician actividades de implementación del Pasaporte Equino con el recibimiento de los primeros ejemplares impresos.
21 marzo 2017 |
Las instrucciones para el uso del documento indican:
Es otorgado al propietario del equino por la Dirección Nacional de Salud Animal-DINASA. Este es un documento de identificación que debe acompañar al Equino en todos sus desplazamientos y debe ser presentado al ser requerido por las autoridades encargadas de los controles sanitarios.
Las señas gráficas y las señas descriptivas deben estar fechadas, firmadas y certificadas con el sello de la DINASA.
Resultados de todas las muestras para el control de movilización serán emitidos por un laboratorio oficial y claramente detallados en el pasaporte con el sello oficial.
Toda vacunación debe estar certificada por un médico veterinario idóneo y claramente detallada, colocando la etiqueta adherible en el pasaporte de acuerdo a las normas vigentes.
A cada cambio de propietario, el pasaporte debe ser inmediatamente devuelto por el anterior propietario indicando el nombre y la dirección del nuevo propietario a la DINASA, que lo remitirá al nuevo propietario, después de haberlo registrado.
La pérdida del pasaporte debe ser inmediatamente declarada ante la DINASA, quien otorgará un nuevo pasaporte a costo del solicitante.
En caso de la modificación de las señas, el pasaporte será enviado a la DINASA para ser registrado.
En caso de muerte o sacrificio del equino, el pasaporte deberá ser entregado a DINASA en un término no mayor a 30 días calendario.
El Pasaporte Equino se adopta oficialmente en el Ministerio de Desarrollo Agropecuario para la movilización en todo el territorio nacional mediante Resuelto NoDAL-001-ADM-14 del 3 de enero de 2014.