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Decreto Ejecutivo 107 prohíbe la exportación de madera de bosques naturales en tuca

El Decreto establece que a partir de su publicación en Gaceta Oficial toda exportación de madera de bosques naturales no podrá hacerse en tucas, sino ha pasado por algún tipo de procesamiento o transformación.

09 febrero 2021 |

El Ministro de Ambiente, Milciades Concepción, manifestó su complacencia al considerar la firma del decreto como  otro logro de esta administración en la  lucha por la preservación de los boques panameños. Por un lado porque desincentiva la tala;   toda vez  que es una realidad que a nivel internacional existe la demanda de madera en tuca, lo que se les dificultará con la promulgación del presente Decreto.

Por otro lado, especialmente, según indicó el premier de Ambiente, esta nueva norma hará más difícil la tala selectiva de la especie cocobolo, actualmente amenazada y protegida, por ser uno de los tipos de madera más codiciados en el mercado internacional, por su belleza y  dureza, cualidades que la  hacen muy difícil de  transformar.

El citado decreto,  emitido el pasado 19 de enero con la firma del presidente Laurentino Cortizo  Cohen y el Ministro de Ambiente,  fue publicado en Gaceta Oficial este 5 de febrero,  y entre otros aspectos establece las procedimientos de transformación y tratamiento a nivel primario y secundario por el que debe pasar la madera antes su exportación.

Del mismo modo establece la responsabilidad de MiAMBIENTE de recibir las notas de compromiso, velar por el resultado de los estudios que se hagan de la madera a utilizar, el grado de secado, el otorgamiento de guías de para la exportación de productos forestales y subproductos forestales, así como la coordinación con la Dirección General de Aduana o cualquier otras entidad que tenga injerencia el tema de las exportaciones.

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