Después de seis largos años de espera finalmente se hizo justicia a los productores con la firma una resolución que reglamenta el artículo 31 de la Ley 104 de 2013 que establece el Programa Nacional de «Trazabilidad o Rastreabilidad», a fin de aplicar mayores controles en la importación de carne.
30 octubre 2019 |
La resolución señala que tanto el Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA) como el Ministerio de Salud (MINSA) tienen la responsabilidad de garantizar que la carne bovina importada comercializada en Panamá esté debidamente rotulada indicando el país de origen.
Otro aspecto importante es que la dirección nacional de Salud Animal del MIDA estará facultado para realizar monitoreos de la carne importada para efectuar análisis microbiológicos de residuos tóxicos y otros para verificar su inocuidad.
También se indica que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) está facultada para que sus inspectores verifiquen el cumplimiento de esta norma y realicen las denuncias ante el MIDA, MINSA y la Autoridad Nacional de Aduanas, ante cualquier hallazgo de incumplimiento de la misma.