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Asaja Córdoba valora positivamente la publicación de la emergencia cinegética por daños de conejos

Seguirá habiendo 28 municipios de la campiña cordobesa declarados en emergencia cinegética por los daños causados por conejos.

08 agosto 2014 |

Los daños que el conejo causa habitualmente en la agricultura de nuestra provincia, podrán combatirse con las medidas excepcionales de control que recoge una Resolución de la Dirección General de Gestión del Medio Natural. Y es que con esta declaración de emergencia cinegética, se complementan a la perfección el resto de medidas habilitadas en los Planes Técnicos de Caza de los cotos.

ASAJA Córdoba informa que en el día de hoy se ha publicado en el BOJA la Resolución de 10 de julio de 2014, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales por daños de conejos silvestres, en varios términos municipales de las provincias de Cádiz, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla. Esta norma estará vigente hasta el 31 de mayo de 2015, salvo que la Consejería de Medio Ambiente decidiera suspenderla anticipadamente.

La provincia de Córdoba tendrá 28 municipios declarados en emergencia, que son: Aguilar de la Frontera, Baena, Benamejí, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, Carlota (La), Carpio (El), Castro del Río, Córdoba (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Encinas Reales, Espejo, Fernán Núñez, Lucena, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Palenciana, Pedro Abad, Puente Genil, Rambla (La), Santaella, Valenzuela, Victoria (La) y Villa del Río.

Como indica ASAJA Córdoba, los cotos de caza que estén ubicados en estos términos municipales, y que tengan contemplados en sus respectivos Planes Técnicos de caza el control de daños, podrán hacer uso de las modalidades excepcionales de control habilitadas en esta Resolución.

En concreto, se podrá seguir cazando cuando acabe el periodo hábil del conejo (30 de noviembre), o sea, desde el 1 de diciembre hasta el 26 de abril, los jueves, sábados y domingos. Para cazar en este periodo extraordinario, habrá que comunicarlo a la Delegación Territorial de Medio Ambiente, indicando los datos de los cazadores (5 cazadores por cada 250 has de coto). Los perros podrán emplearse hasta el 8 de febrero.

ASAJA considera que esta Resolución es una herramienta de gran utilidad para aquellos titulares de cotos que sufran daños habituales en la agricultura y no consigan paliarlos con la caza que en condiciones normales se desarrolla durante el periodo hábil de la especie, así como a través de las autorizaciones especiales de las que se dispone en los Planes Técnicos de Caza.

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