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Miembros de OMC, hablan de la tecnología verde, la ‘incubación’ y las diferencias relacionadas con la propiedad intelectual cuando no se infringen normas

los Miembros de la OMC intercambiaron opiniones sobre la transferencia de tecnología destinada a hacer frente al cambio climático, describieron sus experiencias en el establecimiento de servicios de “incubación” para las empresas más pequeñas con nuevas invenciones y escucharon una propuesta destinada a permitir las diferencias jurídicas relacionadas con la propiedad intelectual incluso si no se han infringido normas expresamente

16 junio 2014 |

La discusión sobre las tecnologías verdes fue el último en una serie , en la agenda a petición de Ecuador, que propone aliviar términos de patentes y el fortalecimiento de las flexibilidades para las tecnologías ecológicamente racionales (documento IP/C/W/585 ) para que las tecnologías pueden ser transferido más fácilmente a ellos. Esto sería similar a las flexibilidades para los productos farmacéuticos . Ecuador dijo que está preparando una propuesta revisada de la próxima reunión del Consejo de los ADPIC en octubre .

Algunos países en desarrollo continuaron apoyando la postura de Ecuador (por ejemplo, Cuba, El Salvador, Perú), mientras que otros simplemente insistió en que las flexibilidades y otras herramientas que ya existen en el acuerdo de propiedad intelectual deben ser utilizados (por ejemplo, Chile).

Varios países desarrollados, respondió que la protección de la propiedad intelectual no impide la transferencia de innovación y tecnología en los países en desarrollo. Algunos (como los EE.UU.) describió invenciones exitosas de todo el mundo y el papel de la propiedad intelectual en su desarrollo. Otros (como la UE) señaló que sólo un pequeño porcentaje de las tecnologías verdes está patentado en muchos países en desarrollo, es decir, estos países pueden utilizar libremente las tecnologías descritas y publicadas en patentes aplicaciones en los países desarrollados. Los obstáculos para la adopción de tecnologías verdes están en otra parte, por ejemplo, en la falta de recursos financieros, costos de inversión altos, las subvenciones y los derechos de importación, dijeron.

Ecuador también pidió una sesión de información breve sobre el tema antes de la próxima reunión con expertos externos que contribuyen. Algunos miembros apoyaron la llamada, mientras que otros dijeron que necesitan saber más sobre el evento propuesto antes de hacerla suya.

Incubadoras de innovación Volver arriba

Un número de miembros, tanto desarrollados como en desarrollo, describieron sus experiencias en la prestación de servicios de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas, y la puesta en marcha de las empresas, que se describen como servicios de "incubación". Dónde invención y la propiedad intelectual se refiere, estos servicios pueden ir desde el asesoramiento en la gestión o para el registro de patentes de proporcionar espacio de oficinas o laboratorios.

Introducido por el Taipei Chino y los EE.UU., la discusión se pretende ilustrar cómo las empresas y los recién llegados más pequeños podrían recibir apoyo para utilizar la propiedad intelectual en el desarrollo de sus innovaciones. Compartiendo también sus experiencias fueron: Panamá, Japón, Chile, Nueva Zelanda, Canadá, Suiza, Botswana y El Salvador. India advirtió que la protección de la propiedad intelectual a veces puede entorpecer la innovación, a fin de que el Brasil, en parte compartida aunque Brasil también describe sus propias incubadoras de innovación.

No violación disputa volver arriba

Los EE.UU. llamó a poner fin a la "moratoria" en las disputas de "no violación" en los ADPIC. Un caso de no violación surge en la OMC cuando un país se opone a la legalidad de las acciones de los otros, si considera que se le priva de un beneficio esperado, incluso si hay un acuerdo real o compromiso ha sido violado. Las diferencias sin infracción son permitidos para bienes y servicios, pero no de la propiedad intelectual en virtud de un acuerdo temporal (la "moratoria"), que se ha prorrogado varias veces. La extensión más reciente de dos años se acordó en la Conferencia Ministerial de Bali en diciembre de 2013.

La llamada de EE.UU. llegó en un nuevo documento distribuido inmediatamente antes de la reunión (documento IP/C/W/599 ). El documento cita la jurisprudencia de la OMC y otros factores para refutar una serie de reservas países han planteado. Afirma que las reclamaciones de "no violación" son totalmente adecuados en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC. Los hallazgos en las disputas legales en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (el principal comercio de revestimiento tratado de mercancías), y la orientación del Entendimiento sobre Solución de Diferencias (que rige las disputas legales en la OMC) aclaran adecuadamente cómo se aplicarían las quejas, dice.

El documento toma nota de la afirmación hecha en la última reunión que, en cualquier caso, las reclamaciones sin infracción no pueden ser presentadas contra miembros mediante flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC.

Suiza apoyó los EE.UU.. Otros oradores (entre ellos Japón y la UE) dijeron que necesitan más tiempo para estudiar el papel, pero la mayor parte agregaron que aún consideran casos de no infracción sean inapropiadas en la propiedad intelectual (Venezuela, Sudáfrica, Brasil, China, Bangladesh, Bolivia, India , Egipto, Rep. de Corea, Cuba, el Grupo Africano (hablando Nigeria), Canadá, Rusia, China Taipei, Colombia y Perú). Hicieron referencia a los argumentos formulados en las reuniones anteriores y algunos citaron un papel en el que circulaban hace 12 años en 2002 (documento IP/C/W/385 ).

Otros Volver arriba

Turquía dijo que ha aceptado la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC en la producción de productos farmacéuticos bajo "licencias obligatorias" (sin el permiso del titular de la patente) para la exportación a países que no pueden producir los medicamentos ellos mismos.

Además, Uruguay dijo que su Parlamento ha ratificado la enmienda, y que la notificación oficial se distribuirá en breve.

Se necesitan dos tercios de los miembros de la OMC a aceptarlo para que la enmienda entre en vigor, y cuando esto se alcanza, la enmienda se aplica a los miembros que las hayan aceptado. (Los detalles del sistema establecido en la enmienda, conocida como "párrafo 6".

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